La titular del ANSES confirmo que a partir del primero de marzo será obligatorio dar “fe de vida” este trámite solo puede ser llevado a cabo por los jubilados y pensionados. Hay que tener en cuenta que cada banco puede determinar cómo dar “fe de vida”.
Como se implementara el trámite de “fe de vida”
Cada banco podrá determinar como el jubilado o pensionado podrá dar fe de vida.
Este trámite se debe hacer de forma mensual (hasta el momento) anteriormente era de forma trimestral.
Los jubilados y pensionados podrán optar por hacer el trámite de forma virtual por lo que no necesitaran turno.
El ANSES confirmo que los jubilados y pensionados que vivan en el exterior tendrán que hacer el tramite en el consulado argentino (también se podrá hacer de forma virtual todos los meses).
Como se hace el trámite “fe de vida” (según los bancos)
Este trámite lo pueden hacer los jubilados y pensionados, también lo podrá hacer el apoderado de este, siempre y cuando sea apoderado legal autorizado.
Para hacer el trámite se podrá presentar Documento nacional o pasaporte.
Se deberá tener en cuenta que para hacer este trámite de forma presencial o virtual se deberá contar con el último recibo de haber y el carnet de jubilado.
También se podrá hacer mediantes compras en comercios con la tarjeta de crédito y débito. Es necesario confirmar con el banco y este modo es el correcto, ya que el ANSES ha determinado que los bancos sean quienes determinen como dar “fe de vida” y no todos los bancos aceptaran esta forma.
Todos los jubilados y pensionados que cobren los haberes en el banco nación podrán dar fe de vida con tan solo comprar en el supermercado o en la farmacia. Se espera que el banco provincia determine el mismo método para dar fe de vida, sin embargo, aún no se ha confirmado.